Normas éticas

La revista de políticas públicas se rige por los lineamientos éticos del Comité de Ética de Publicaciones (COPE), disponible aquí. En este sentido, la revista políticas públicas se compromete a realizar una rigurosa revisión por pares expertos quienes velarán por cumplir las estrictas políticas y estándares éticos establecidos en la revista de políticas públicas para garantizar la incorporación de trabajos científicos genuinos de alta calidad al campo de la publicación académica internacional.

En el caso de pesquisar plagio, falsificación de datos, crédito de autoría inapropiado y otros similares, existirá tolerancia cero ante dichas faltas éticas por parte de la revista de políticas públicas y sus editores asociados.

Deberes del Equipo Editorial

    1. Valorar los artículos en base a criterios netamente académicos y científicos y su adecuación a la temática y objetivos de la revista.

    2. Efectuar una revisión de la calidad y pertinencia del artículo con la temática y objetivos de la revista, considerando además del cumplimiento de las normas de publicación.

    3. Anonimizar todos los manuscritos recepcionados para garantizar la total imparcialidad en la evaluación del trabajo.

    4. Anonimizar a todas y todos los evaluadores de los artículos.

    5. Solicitar todas las modificaciones necesarias al autor/a para adecuar el artículo a las normas editoriales publicadas.

    6. En caso de incumplimiento de las normas de publicación, el Equipo Editorial rechazará la publicación del artículo.

    7. Comunicar en un plazo no superior a 6 meses, el resultado de la evaluación, indicando si el manuscrito continúa o no el proceso de evaluación.

    8. Realizar todas las medidas para evitar o reparar malas prácticas científicas, tales como: plagio, falsificación o invención de datos, apropiación individual de autoría colectiva y publicación duplicada.

    9. Efectuar correcciones gramaticales, sugerencias de estilo e incorporación de figuras y cuadros en los artículos que se publicarán.

    10. Mantener una comunicación permanente con autores y pares evaluadores, con el objetivo de aclarar dudas en las distintas etapas del proceso de publicación.

    11. Posterior a la publicación de cada número, realizar las aclaraciones, rectificaciones o retiro de artículos con el fin de solucionar cualquier inconveniente detectado luego de la divulgación del número.

Deberes del autor/a

Los autores que deseen publicar artículos en la Revista de Políticas Públicas deben tener presente las siguientes directrices:

      1. Es deber del autor/a declarar los conflictos de interés antes de su envío a la revista.

      2. Los resultados presentados en el artículo deben ser precisos y fidedignos y deben estar acompañados del detalle de la metodología empleada y de una discusión objetiva sobre la relevancia de sus resultados.

      3. La metodología debe ser precisa y detallada para que permita su replicabilidad en la academia.

      4. Se tomará como práctica antiética el envío simultáneo de un mismo manuscrito a más de una revista, aunque el manuscrito se encuentre en diferentes idiomas.

      5. Queda totalmente prohibido el plagio*, el uso de datos fasos la manipulación de imágenes que alteren la realidad de los resultados. En el caso de detectarse plagio los revisores rechazarán el manuscrito de manera inmediata.

*Se considera plagio copiar texto, imágenes o datos de otra fuente, o publicaciones anteriores propias, si no se da el crédito correspondiente a la fuente original.

Deberes de los evaluadores externos (peers/reviewers)

    1. Informar sobre sus potenciales conflictos de interés al Equipo editorial.

    2. Rechazar la evaluacion del artículo en caso de no poseer los conocimientos y competencias necesarias para el arbitraje.

    3. Mantener la confidencialidad del artículo durante el proceso de revisión. No pueden difundir el contenido del documento sin consentimiento del Equipo Editorial y/o autor/a del artículo.

    4. Informar en caso de cualquier irregularidad con relación a la ética de investigación o publicación, referido al artículo arbitrado.

    5. Enviar la evaluación en los plazos solicitados por el Equipo editorial, indicando explicítamente la alternativa de recomendación de publicación.